Nuevas normas del Banco Central en materia cambiaria para el pago de títulos de deuda locales
Novedad Legal
El 28 de noviembre de
2019, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 6838 que otorga acceso al
mercado de cambios para el pago de servicios de capital e intereses de títulos
de deuda emitidos en el mercado local que estén denominados y sean pagaderos en
moneda extranjera.
La Comunicación estableció que las nuevas emisiones de este tipo de
instrumentos tendrán acceso al mercado de cambios a su vencimiento en la medida
que:
(i) sean suscriptos en moneda extranjera; y
(ii) la totalidad de los fondos obtenidos sean liquidados en el mercado de
cambios.
No resultará exigible la liquidación en el mercado local de cambios de las
divisas en moneda extranjera que reciban los residentes de dichas emisiones, en
la medida en que se cumpla la totalidad de las siguientes condiciones:
(i) los fondos ingresen al país para su acreditación en cuentas en moneda
extranjera de titularidad del cliente en entidades financieras locales;
(ii) los fondos se apliquen de manera simultánea a operaciones por las cuales
la normativa cambiaria permite el acceso al mercado local de cambios contra
moneda local, considerando los límites previstos para cada concepto
involucrado; y
(iii) la utilización de este mecanismo resulte neutro en materia fiscal.
En caso de requerir mayor información, por favor contactarse con Fermín
Caride, María Victoria Funes, María
Victoria Tuculet y/o Lucía Carro.