Nuevas normas del Banco Central en materia de exportaciones de bienes

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Novedad Legal

El 3 de octubre de 2019, el Banco Central de la República Argentina (el “BCRA”) emitió la Comunicación “A” 6805 que estableció nuevas normas en materia de exportaciones de bienes, modificando y complementando la regulación contenida en la Comunicación “A” 6788 (ver nuestra novedad legal).

1. Plazos para ingresar y liquidar cobros de exportaciones

Se redujo de 30 a 15 días corridos el plazo para ingresar al país y liquidar en el mercado de cambios el contravalor en divisas de exportaciones de ciertos productos (tortas y otros residuos sólidos de la extracción del aceite de soja).

Asimismo, se establece que los exportadores que realizaron operaciones con partes vinculadas que correspondan a bienes respecto de los cuales la Comunicación “A” 6788 fijó un plazo de ingreso y liquidación de 60 días corridos podrán solicitar a la entidad de seguimiento la extensión del plazo hasta 180 días corridos siempre que:

(i) el importador sea una sociedad controlada por el exportador argentino.

(ii) el exportador no haya registrado exportaciones por un valor total superior al equivalente a US$50 millones en el año calendario inmediato anterior a la oficialización de la destinación.

2. Aplicación de divisas provenientes de nuevas prefinanciaciones del exterior

Se admite la aplicación de divisas provenientes de nuevas prefinanciaciones del exterior a la cancelación de prefinanciaciones de exportación del exterior o de entidades locales.

En caso de requerirse mayor información, por favor contactarse con Patricio A. Martin, María Victoria Funes, Fermín Caride y/o Lucía Carro.