Nuevas normas del Banco Central en materia de exportaciones de bienes
Novedad Legal
El 3 de octubre de
2019, el Banco Central de la República Argentina (el “BCRA”) emitió la
Comunicación “A” 6805 que estableció nuevas normas en materia de exportaciones
de bienes, modificando y complementando la regulación contenida en la
Comunicación “A” 6788 (ver nuestra novedad legal).
1. Plazos para ingresar y liquidar cobros de exportaciones
Se redujo de 30 a 15 días corridos el plazo para ingresar al país y liquidar en
el mercado de cambios el contravalor en divisas de exportaciones de ciertos
productos (tortas y otros residuos sólidos de la extracción del aceite de
soja).
Asimismo, se establece que los exportadores que realizaron operaciones con
partes vinculadas que correspondan a bienes respecto de los cuales la
Comunicación “A” 6788 fijó un plazo de ingreso y liquidación de 60 días corridos
podrán solicitar a la entidad de seguimiento la extensión del plazo hasta 180
días corridos siempre que:
(i) el importador sea una sociedad controlada por el exportador argentino.
(ii) el exportador no haya registrado exportaciones por un valor total superior
al equivalente a US$50 millones en el año calendario inmediato anterior a la
oficialización de la destinación.
2. Aplicación de divisas provenientes de nuevas prefinanciaciones del
exterior
Se admite la aplicación de divisas provenientes de nuevas prefinanciaciones del
exterior a la cancelación de prefinanciaciones de exportación del exterior o de
entidades locales.
En caso de requerirse mayor información, por favor contactarse con Patricio
A. Martin, María Victoria Funes, Fermín
Caride y/o Lucía Carro.