COVID - 19 - AFIP habilita hasta el 18 de agosto de 2020 el trámite para solicitar el Crédito a Tasa Subsidiada

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AFIP habilita hasta el 18 de agosto de 2020 el trámite para solicitar el Crédito a Tasa Subsidiada.

Mediante la Resolución General (AFIP) Nº 4792, publicada en el Boletín Oficial el 12 de agosto de 2020, la AFIP establece que los sujetos que resulten susceptibles de obtener el beneficio de “Crédito a Tasa Subsidiada” dispuesto por el inciso e) del artículo 2° del Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios, serán caracterizados en el “Sistema Registral”, según la tasa de interés a la que accedan, con los siguientes códigos:

-  “466 – Crédito a Tasa Subsidiada del 0% TNA”
-  “467 – Crédito a Tasa Subsidiada del 7,5% TNA”
-  “468 – Crédito a Tasa Subsidiada del 15% TNA”

A fin de iniciar el trámite del Crédito a Tasa Subsidiada, los interesados deberán ingresar al servicio “web” denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, hasta el 18 de agosto de 2020.

La AFIP pondrá a disposición del Banco Central de la República Argentina la siguiente información:

a) La nómina de los beneficiarios que formalizaron la solicitud del crédito.

b) El monto máximo del crédito susceptible de ser otorgado.

El Banco Central de la República Argentina deberá verificar la situación crediticia de los sujetos beneficiarios a fin de evaluar su otorgamiento y efectiva acreditación.