El Banco Central impone nuevas restricciones para el acceso al mercado de cambios

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EL BANCO CENTRAL IMPONE NUEVAS RESTRICCIONES PARA EL ACCESO AL MERCADO DE CAMBIOS

Con fecha 28 de mayo de 2020, el Banco Central de la República Argentina (el “BCRA”) dictó la Comunicación “A” 7030 estableciendo nuevas restricciones y requisitos para el acceso al Mercado Libre de Cambios (“MLC”) y la realización de pagos externos. A continuación se detallan las principales medidas.

Acceso al MLC

Se condiciona el acceso al MLC para cursar virtualmente cualquier pago al exterior (incluyendo pagos de importaciones, de deuda comercial y financiera, de servicios y de dividendos), pagos de deuda en moneda extranjera entre residentes (con o sin oferta pública) y constitución y pago de primas por contratos de cobertura a que:

1. Al día de acceso, la totalidad de las tenencias de moneda extranjera en el país se encuentren depositadas en cuentas en entidades financieras y no se posea “activos externos líquidos”1 disponibles, excepto que dichos activos sean aplicados ese mismo día para el pago que se pretende realizar a través del MLC; y

2. Quien acceda al MLC se compromete a liquidar en el MLC, dentro de los cinco días hábiles, los fondos que reciba en el exterior originados en el cobro de préstamos otorgados a terceros, de depósitos a plazo o de la venta de cualquier tipo de activo, cuando el activo hubiera sido adquirido, el depósito constituido o el préstamo otorgado con posterioridad al 28 de mayo de 2020.

La norma prevé ciertas excepciones aplicables a entidades financieras respecto de operaciones propias y a empresas no financieras emisoras de tarjetas por el uso de tarjetas de crédito, compra, débito o prepagas emitidas en el país.

Importaciones

Además de las condiciones antes descriptas, hasta el 30 de junio de 2020, el pago de importaciones (anticipado, a la vista o diferido) o de deudas por importación de bienes a través del MLC durante el año 2020 no podrá superar, en conjunto, el monto por el cual el importador tendría acceso al MLC en razón de las importaciones oficializadas entre el 1 de enero de 2020 y el día previo al acceso al MLC.

Este requisito no será de aplicación para (i) el sector público (incluyendo empresas bajo el control del Estado Nacional y fideicomisos constituidos con aportes del sector público nacional), (ii) las personas jurídicas que tengan a su cargo la provisión de medicamentos críticos a pacientes, (iii) pagos anticipados destinados a la compra de kits para la detección del coronavirus COVID-19 u otros bienes cuyas posiciones arancelarias se encuentren comprendidas en el listado dado a conocer por el Decreto N° 333/2020 y sus complementarias, y (iv) pagos anticipados en la medida que el monto de bienes a ser nacionalizados pendiente de regularización por parte del importador a partir del 1 de septiembre de 2019 no supere el equivalente US$250.000 (incluyendo el monto por el cual se solicita el acceso al MLC).

Operaciones de “Contado con Liquidación” y “Dólar MEP”

Se extiende de 30 a 90 días el plazo establecido en la Comunicación “A” 7001 del BCRA durante el cual no deben haberse realizado ni realizarse con posterioridad venta de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior como requisito para acceder al MLC.

Hasta el 30 de junio de 2020, el plazo de 90 días previos se considerará que comprende solamente el período transcurrido desde el 1 de abril de 2020 (inclusive).

Deuda Financiera con Vinculadas del Exterior

Hasta el 30 de junio de 2020 se requerirá la conformidad previa del BCRA para el acceso al MLC para la cancelación de capital de endeudamientos financieros con vinculadas del exterior.

1 Comprende toda inversión que permita obtener disponibilidad inmediata de moneda extranjera, incluyendo títulos públicos denominados en moneda extranjera y depósitos en entidades financieras del exterior.

En caso de requerirse mayor información, por favor contactarse con Fermín Caride y/o María Victoria Funes y/o María Victoria Tuculet.