COVID - 19 como enfermedad laboral - Superintendencia de Riesgos del Trabajo - Disposición 3/2020.

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COVID - 19 como enfermedad laboral - Superintendencia de Riesgos del Trabajo - Disposición 3/2020.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo determinó los requisitos que deberán acreditar las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo para imputar al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (F.F.E.P.) el pago de las prestaciones derivadas del COVID-19 como enfermedad profesional.

A tal efecto, las ART deberán acreditar el diagnóstico de la enfermedad por una entidad sanitaria, información relativa a la posición de trabajo del empleado y el carácter esencial de las actividades del empleador y un detalle del cálculo y prestaciones otorgadas al empleado.

La resolución entró en vigencia hoy.