COVID - 19 - Homologación de acuerdos de suspensión laboral. Facultades de las administraciones provinciales de Trabajo. Resolución 359/20. Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

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Homologación de acuerdos de suspensión laboral. Facultades de las administraciones provinciales de Trabajo. Resolución 359/20. Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Mediante su resolución 359/2020 el Ministerio de Trabajo ratificó la facultad de las autoridades provinciales del Trabajo para sustanciar y homologar acuerdos de suspensiones por falta o disminución de trabajo o por fuerza mayor cuando son efectuados en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo. Es decir, mediante el pago de prestaciones no remunerativas acordadas individual o colectivamente.   

Esta resolución fue dictada para aclarar los alcances de la resolución 101/20 (18/2/20) que dejó sin efecto toda medida otorgada en forma previa por el Ministerio autorizando a las autoridades provinciales del Trabajo a sustanciar y homologar procedimientos preventivos de crisis de empresa o intervenir en suspensiones, reducciones de jornada o despidos por causas económicas o falta o disminución de trabajo.

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