COVID - 19 - Implementación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción y prórroga de vencimiento para la declaración y pago de aportes y contribuciones de la segurida

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Implementación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción y prórroga de vencimiento para la declaración y pago de aportes y contribuciones de la seguridad social de marzo de 2020 - Resolución General 4693/2020

Mediante la Resolución General (AFIP) Nº 4693 publicada en el Boletín Oficial el 9 de abril de 2020, se creó el servicio Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción en la página web de la AFIP a fin de que los empleadores que cuenten con clave fiscal de nivel de seguridad 3 y el domicilio electrónico constituido puedan acceder a los beneficios previstos en el Decreto Nº 332/20. Ver https://www.bomchil.com.ar/noticia/198

Los empleadores alcanzados por los beneficios deben registrarse en dicho servicio dentro de los días 9 y 15 de abril de 2020, ambos inclusive y deberán proporcionar la información económica que requiera el sistema entre los días 13 y 15 de abril, a fin de que se puedan realizar las evaluaciones pertinentes.

Aquellos empleadores cuya actividad se encuentre incluida en el listado publicado en el sitio web y hayan dado cumplimiento con la registración, contarán con el beneficio de prórroga del vencimiento para el pago de contribuciones patronales destinados al Sistema Integrado Previsional Argentino del período fiscal 3/2020 al mes de junio de 2020 conforme el siguiente cronograma:

a.    Sujetos cuya CUIT finalice en 0, 1, 2 y 3: 16 de junio.

b.    Sujetos cuya CUIT finalice en 4, 5 y 6: 17 de junio.

c.    Sujetos cuya CUIT finalice en 7, 8 y 9: 18 de junio.

Por último, se postergó el vencimiento para la presentación y pago de la declaración jurada de aportes y contribuciones de la seguridad social del mes de marzo de 2020 al 16 de abril de 2020 para los sujetos cuya CUIT finalice en 0, 1, 2 y 3, para el 17 de abril para los sujetos cuya CUIT finalice en 4, 5 y 6, y para el 20 de abril para los sujetos cuya CUIT finalice en 7, 8 y 9.