COVID - 19 - PYMES y Cooperativas TIC – Atención de usuarios- Resolución ENACOM Nº 328/2020
PYMES y Cooperativas TIC – Atención de usuarios- Resolución ENACOM Nº 328/2020
A partir del 7 de abril de 2020, las PYMES o Cooperativas licenciatarias TIC que prestan servicios en localidades de menos de 80.000 habitantes podrán establecer guardias mínimas de atención a usuarios para garantizar el funcionamiento del servicio y realizar el cobro de facturas.
A su vez, deberán mantener el sistema electrónico de atención comercial y de reclamos implementado de conformidad con la Resolución ENACOM Nº 303/2020.
La atención al público deberá realizarse respetando toda pauta de seguridad respecto del Covid-19 establecida por el Ministerio de Salud y/o por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Para acceder a la Resolución Nº 328/2020 del ENACOM haga clic aquí