Contrataciones Públicas
Novedad Legal
Se aprobó un nuevo
Manual de Procedimiento del “COMPR.AR” y se modificó el Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración
Nacional.
El 1 de noviembre de 2019 se publicó en el Boletín Oficial la Disposición Nº
109/2019 de la Oficina Nacional de Contrataciones, mediante la cual se aprobó
un nuevo Manual de Procedimiento (el “Manual”) para realizar contrataciones a
través de la plataforma “COMPR.AR” y se introdujeron modificaciones al Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional (el “Pliego de Bases y Condiciones Generales”) aprobado
a través de la Disposición ONC Nº 63/2016.
El Sistema Electrónico de Contrataciones “COMPR.AR” fue aprobado por la Disposición
Nº 65/2016 con el objetivo de poder realizar en forma electrónica todos los
procedimientos prescriptos en el reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1030/2016. La Disposición
ONC Nº 65/2016 aprobó también el Manual de Procedimiento para operar a través
de la plataforma.
La Disposición ONC Nº 109/2019 aprueba un nuevo Manual con modificaciones
respecto del anterior en los siguientes aspectos:
1. Notificaciones electrónicas: se dispuso que las notificaciones que no
puedan ser efectuadas mediante difusión en el sitio de internet de “COMPR.AR”
serán realizadas por cualquiera de los medios enumerados en el artículo 6º del
Pliego de Bases y Condiciones Generales, a saber: acceso directo al expediente,
presentación espontánea, cédula, carta documento, correo electrónico, entre
otros.
2. Garantía de mantenimiento de la oferta: se amplió a dos (2) días el
plazo para entregar el original o el certificado de la garantía de
mantenimiento de la oferta a la Unidad Operativa de Contrataciones, contados a
partir del día hábil siguiente al del acto de apertura.
3. Avisos mediante mensajería del “COMPR.AR”: se eliminó el envío de
avisos mediante la plataforma “COMPR.AR”.
4. Impugnación del dictamen de evaluación (plazo y garantía): se
estableció que el plazo de tres (3) días hábiles administrativos para impugnar
el dictamen de evaluación debe computarse a partir del día hábil siguiente a la
fecha en que corresponda tener por notificado dicho dictamen. Por otro lado, se
introdujeron modificaciones en las condiciones de integración de la garantía de
impugnación habilitándose el uso de la póliza electrónica de seguro de caución
aprobada por la Disposición ONC Nº 96/2019.
5. Garantía de cumplimiento del contrato: se introdujeron modificaciones
en las condiciones de integración de la garantía de cumplimiento del contrato
habilitándose el uso de la póliza electrónica de seguro de caución aprobado por
la Disposición ONC Nº 96/2019.
A su vez, la Disposición ONC Nº 109/2019 introduce modificaciones en las
causales de desestimación de las ofertas contenidas en los artículos 25º y 26º
del Pliego de Bases y Condiciones Generales, aclarándose que las causales de
desestimación serán evaluadas por la Comisión Evaluadora de las Ofertas en la
etapa de evaluación de aquellas o, en su caso y de corresponder, por el titular
de la Unidad Operativa de Contrataciones en oportunidad de recomendar la
resolución a adoptar para concluir el procedimiento.
Las modificaciones comentadas están vigentes desde el 1 de noviembre de 2019,
fecha de su publicación en el Boletín Oficial y son de aplicación a los
procedimientos de selección que a partir de esa fecha se autoricen o a los que
a partir de esa fecha se convoquen cuando no se requiera autorización previa.
Para acceder a la Disposición Nº 109/2019 de la Oficina Nacional de
Contrataciones, haga clic aquí.
Para mayor información no dude en contactarse con María
Inés Corrá, Ignacio González Zambón o Magdalena
Carbó.