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Novedad Legal

Se aprobó un nuevo Manual de Procedimiento del “COMPR.AR” y se modificó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.

El 1 de noviembre de 2019 se publicó en el Boletín Oficial la Disposición Nº 109/2019 de la Oficina Nacional de Contrataciones, mediante la cual se aprobó un nuevo Manual de Procedimiento (el “Manual”) para realizar contrataciones a través de la plataforma “COMPR.AR” y se introdujeron modificaciones al Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional (el “Pliego de Bases y Condiciones Generales”) aprobado a través de la Disposición ONC Nº 63/2016.

El Sistema Electrónico de Contrataciones “COMPR.AR” fue aprobado por la Disposición Nº 65/2016 con el objetivo de poder realizar en forma electrónica todos los procedimientos prescriptos en el reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1030/2016. La Disposición ONC Nº 65/2016 aprobó también el Manual de Procedimiento para operar a través de la plataforma.

La Disposición ONC Nº 109/2019 aprueba un nuevo Manual con modificaciones respecto del anterior en los siguientes aspectos:

1. Notificaciones electrónicas: se dispuso que las notificaciones que no puedan ser efectuadas mediante difusión en el sitio de internet de “COMPR.AR” serán realizadas por cualquiera de los medios enumerados en el artículo 6º del Pliego de Bases y Condiciones Generales, a saber: acceso directo al expediente, presentación espontánea, cédula, carta documento, correo electrónico, entre otros.

2. Garantía de mantenimiento de la oferta: se amplió a dos (2) días el plazo para entregar el original o el certificado de la garantía de mantenimiento de la oferta a la Unidad Operativa de Contrataciones, contados a partir del día hábil siguiente al del acto de apertura.

3. Avisos mediante mensajería del “COMPR.AR”: se eliminó el envío de avisos mediante la plataforma “COMPR.AR”.

4. Impugnación del dictamen de evaluación (plazo y garantía): se estableció que el plazo de tres (3) días hábiles administrativos para impugnar el dictamen de evaluación debe computarse a partir del día hábil siguiente a la fecha en que corresponda tener por notificado dicho dictamen. Por otro lado, se introdujeron modificaciones en las condiciones de integración de la garantía de impugnación habilitándose el uso de la póliza electrónica de seguro de caución aprobada por la Disposición ONC Nº 96/2019.

5. Garantía de cumplimiento del contrato: se introdujeron modificaciones en las condiciones de integración de la garantía de cumplimiento del contrato habilitándose el uso de la póliza electrónica de seguro de caución aprobado por la Disposición ONC Nº 96/2019.

A su vez, la Disposición ONC Nº 109/2019 introduce modificaciones en las causales de desestimación de las ofertas contenidas en los artículos 25º y 26º del Pliego de Bases y Condiciones Generales, aclarándose que las causales de desestimación serán evaluadas por la Comisión Evaluadora de las Ofertas en la etapa de evaluación de aquellas o, en su caso y de corresponder, por el titular de la Unidad Operativa de Contrataciones en oportunidad de recomendar la resolución a adoptar para concluir el procedimiento.

Las modificaciones comentadas están vigentes desde el 1 de noviembre de 2019, fecha de su publicación en el Boletín Oficial y son de aplicación a los procedimientos de selección que a partir de esa fecha se autoricen o a los que a partir de esa fecha se convoquen cuando no se requiera autorización previa.

Para acceder a la Disposición Nº 109/2019 de la Oficina Nacional de Contrataciones, haga clic aquí.

Para mayor información no dude en contactarse con María Inés Corrá, Ignacio González Zambón o Magdalena Carbó.