COVID - 19 - Comercio exterior: nuevas medidas para asegurar el abastecimiento de insumos sanitarios críticos

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Comercio exterior: nuevas medidas para asegurar el abastecimiento de insumos sanitarios críticos

Mediante Decreto 455/2020, publicado el 11 de mayo de 2020 y con efectos a partir del 12 de mayo, se modificó el Anexo del Decreto 333/2020 -que redujo el Derecho de Importación Extrazona al 0% y la eximición del pago de la tasa de estadística para la importación de determinados insumos sanitarios- a los efectos de ampliar la cantidad de bienes alcanzados De esta forma, se agregó al listado del anterior anexo, entre otros productos, a las jeringas y agujas, los demás tipos de alcohol etílico, prendas de vestir para cirugía, reactivos para diagnóstico de uso in vitro para la detección de COVID-19, infusores de insulina portátiles, camillas y lancetas para vacunación y cauterios de uso en medicina humana.

Para más información sobre la mercadería y su posición arancelaria nos remitimos al Anexo del Decreto, disponible aquí