COVID - 19 - Comercio exterior: nuevas medidas para asegurar el abastecimiento de insumos sanitarios críticos
Comercio exterior:
nuevas medidas para asegurar el abastecimiento de insumos sanitarios críticos
Mediante Decreto 455/2020, publicado el 11 de mayo de 2020 y con
efectos a partir del 12 de mayo, se modificó el Anexo del Decreto 333/2020 -que
redujo el Derecho de Importación Extrazona al 0% y la eximición del pago de la
tasa de estadística para la importación de determinados insumos sanitarios- a
los efectos de ampliar la cantidad de bienes alcanzados De esta forma, se agregó
al listado del anterior anexo, entre otros productos, a las jeringas y agujas, los
demás tipos de alcohol etílico, prendas de vestir para cirugía, reactivos para
diagnóstico de uso in vitro para la detección de COVID-19, infusores de
insulina portátiles, camillas y lancetas para vacunación y cauterios de uso en
medicina humana.
Para más información sobre la mercadería y su posición arancelaria
nos remitimos al Anexo del Decreto, disponible aquí